Reseña de
Las personas y las cosas
Roberto Espósito
( traducción de
Federico Villegas )
Madrid : Katz, 2016
Escrito por Luis Roca Jusmet
Escrito por Luis Roca Jusmet
Roberto Espósito
( Nápoles, 1950 ) es uno de los filósofos italianos vivos más
interesantes,al igual que Giorgio Aganbem. Ambos están etiquetados
como pensadores de la biopolítica y están influenciados por Michel
Foucault. Aunque todo esto es cierto, tanto en un caso como en otro
tienen una personalidad propia y una problemática mucho más amplia
que la que se puede catalogar dentro de este concepto.
El libro que nos
ocupa, breve pero muy denso, y tiene como precedente otro libro
anterior titulado El dispositivo de la persona. Espósito nos
plantea en este ensayo que el jurista romano Gayo, basa el derecho en
tres categorías jurídicas que son las de personas, cosas y
acciones. Es decir, en la existencia de personas que realizan
acciones y que son propietarios de cosas. El concepto de persona,
como ya había apuntado en el libro anterior, es un concepto
excluyente, que solo se reconoce a algunos seres humanos y durante un
tiempo. Pero es también excluyente con el propio cuerpo vivo de los
humanos. En realidad no es solo el derecho romano el que instituye
esta concepción desencarnada del sujeto humano, sino que también lo
hacen la metafísica griega y la teología cristiana. En el derecho
romano persona se refiere más al concepto de rol social que de
máscara ( sentido griego). Heidegger nos hablará posteriormente de
cómo las cosas se transforman en objetos. Pero antes Hegel ya había
apuntado que el lenguaje es el asesinato de la cosa, ya que con el
lenguaje nos relacionamos con los conceptos que se refieren a lo real
y no con la realidad viva inmediata. Marx también nos mostrará como
la cosa a la mercancía, a su valor de cambio. Pero hay otra
tradición diferente, que se centra en el cuerpo viviente, que busca
un enlace entre el logos y el bios, separados y distorsionados por la
noción de persona. Se refiere a Espinosa, a Rico, a Nietastro y a la
fenomenología, sobre todo la francesa ( Marc el, Rastre,
Merla-Ponty...). La noción de cuerpo es la vía que nos permite
salir de este sujeto abstracto que es el sujeto del derecho. El
cuerpo es un complejo conjunto tejido por nexos simbólicos y hay que
entenderlo además en su conexión con otros cuerpos. Toda esta
reflexión le lleva a Espósito a una reflexión política. Es el
cuerpo político de la multitud, como espacio de cuerpos vivientes
que cuestionan la propia noción de representación y que plantean
una exigencia de renovación radical de la política.
La verdad es que
la reflexión de Espósito plantea un cuestión fundamental que es el
de la constitución del sujeto del derecho. Si son las personas ¿
qué es una persona ? ¿ podemos considerar que cualquier ser humano
es sujeto de derecho ? ¿ Lo es un feto, un niño, un enfermo mental,
un ser humano en coma, un viejo con Alzheimer ? Espósito apunta que
según la concepción moral de utilitaristas como Peter Singer si lo
que define a un ser humano es ser una persona y la persona es un ser
que piensa y actúa entonces todos estos casos harían referencia a
seres humanos que no son personas .Si son cuerpos pero no personas ¿
hemos de considerarlos cosas ? Porque ciertamente que el dualismo de
nuestra sociedad conduce a estos callejones sin salida. Tenemos por
otra parte la cuestión de los derechos de los animales. ¿ Los
consideraremos cosas ? Finalmente toda la cuestión compleja que
plantea la bioética referida a la biopolítica. ¿ Qué es lo que
ocurre con los vientres de alquiler o con los órganos que pueden
darse o venderse ? ¿ Podemos considerar que las partes del cuerpo no
forman parte del sujeto y que son cosas, es decir objetos o
mercancías para intercambiar ? De todas maneras me parece que,
aunque Expósito plantea críticas interesantes no acaba de enfocar
bien la cuestión, en términos políticos y jurídicos. Me parece
que el Estado moderno está influenciado por el derecho romano pero
también rompe con él. Con la hipótesis del contrato social aparece
el ciudadano como efecto del Estado de derecho, lo cual es una
novedad. No es la persona con atributos sino un sujeto que se va
universalizando hasta tener como único atributo es la capacidad de
decidir. Cierto que se excluyen los que no se consideran adultos o
los que no tienen facultades mentales. Es un sujeto abstracto porque
si le damos atributos vamos excluyendo a los que no los tienen. Pero
que el sujeto político o de derecho sea universal no quiere decir
que nos olvidemos que luego se concreta en un cuerpo viviente. La
palabra persona puede referirse a este sujeto universal, que en este
contexto no tiene nada que ver con la máscara, ni con el rol social
ni con una supuesta espiritualidad. Persona es un ser humano al que
le atribuimos una dignidad y unos derechos. De hecho es el punto de
partida de Kant y de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos. No acabo de ver adonde conduce lo que él llama una política
positiva. Su idea de cuerpo político, como la cooperación de los
cuerpos vivos de los ciudadanos es sugerente. Viene de Spinoza y de
su idea de multitud. Pero no hay que fetichizar esta palabra, como
han hecho muchos. Y falta articularla en propuestas políticas
democráticas concretas.
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